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Actualizaciones código alimentario argentino

La Secretaria de Gobierno de Agroindustria informó que a través de distintas resoluciones de la Secretaria de Alimentos y Bioeconomía y de la Secretaria de Regulación y Gestión Sanitaria, se actualizó el Código Alimentario Argentino (C.A.A.).

La Resolución Conjunta Nº 6/2019 ajusta los artículos 271 al 277 del Capítulo VI, referidos a productos de la pesca y de la acuicultura.  Se incorporan y actualizan parámetros y criterios recomendados para asegurar la inocuidad y calidad de los productos de la pesca y acuicultura.  Además de tener en cuenta los cambios tecnológicos para la conservación de los productos, una mayor precisión en el control de ETA y las distintas formas de comercialización que actualmente se encuentra en el mercado.  Esto permite favorecer significativamente tanto el comercio interno, brindar herramientas de control a las distintas jurisdicciones a la vez de la modernización de la normativa que permite acceder a mercados internacionales.

Respecto a los producto provenientes de la acuicultura, se especificaron los tipos de presentaciones de los productos que se elaboran, incluyendo condiciones organolépticas para los distintos grupos además de actualizar todos los análisis de control (químicos y microbiológicos) que se realizan sobre los productos detallándose en cada grupo lo que debe cumplirse.

Otra destacada medida es la inclusión de los frutos de Campomanesia xanthocarpa O. Berg y Campomanesis guazumifolia (Cambesss) O. Berg. – conocidos comúnmente en Argentina como “guaviroba/guabiroba o guavirá” y “siete capotes” respectivamente – en el Capítulo XI “Alimentos vegetales” del CAA, bajo la Resolución Conjunta Nº 7/2019.

Es de suma importancia resaltar que a nivel regional, los frutos nativos son de gran valor para la biodiversidad de flora nativa y se destacan como un recurso potencial de explotación tecnológico y económico, contribuyendo al manejo forestal sostenible, haciendo un aprovechamiento racional de un recurso poco aprovechado.

Por último, se publicaron las siguientes medidas:

  • Actualización de los artículos contenidos en el Capítulo XI del CAA referidos a conservas de origen vegetal (Res. Conj. Nº 3/2019).
  • Modificación de los artículos 440, 442, 1280 y 1284 en cuanto al contenido máximo de sodio en caldos, sopas, mayonesas y kétchup respectivamente (Res. Conj. Nº 4/2019).
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