Saltear al contenido principal

Cambios en libretas sanitarias de manipuladores de alimentos

Mediante la Resolución Conjunta 12/2019, RESFC-2019-12-APN-SRYGS#MSYDS, del 10/04/2019 se sustituye el artículo 21 del Código Alimentario Argentino y se establecen los siguientes cambios en relación a libretas sanitarias de manipuladores de alimentos:

  • Se reemplaza la libreta por un CARNET DE MANIPULADOR que será otorgado por cada jurisdicción.
  • El único requisito para la obtención del CARNET, será realizar y aprobar un Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos, el cual tendrá las siguientes características:
    • Capacitadores: podrán pertenecer a instituciones públicas (de los niveles municipales, provinciales y nacionales) o al sector privado, y deberán contar con título terciario o universitario que acredite formación en manipulación de alimentos, o con experiencia comprobable en inocuidad alimentaria.
    • En todos los casos, deben ser reconocidos por la autoridad sanitaria jurisdiccional competente, quien podrá supervisar su actividad cuando lo considere necesario.
    • Modalidad: podrá cursarse de forma presencial o virtual.
    • Carga horaria: tendrá una duración mínima de 7 horas reloj.
  • El CARNET tendrá vigencia por el plazo de 3 años. Para su renovación será obligatorio rendir un examen de conocimientos, quedando a criterio de la autoridad sanitaria solicitar la realización de un curso de actualización de contenidos.

Más información:
CAA – Libreta Sanitaria de los Manipuladores de Alimentos

QCS se encuentra habilitada como Unidad Capacitadora Oficial para brindar el Curso de Capacitación en Manipulación Segura de Alimentos en Provincia de Buenos Aires.

× ¿Cómo puedo ayudarte?